Obligación de presentar el depósito de arrendamientos de corta duración: qué debes saber
El artículo 10.4 del Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, establece que cada doce meses deberá presentarse el modelo informativo de arrendamientos de corta duración, aprobado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para cada categoría y tipo de arrendamiento.
Este modelo deberá incluir, al menos, un listado anonimizado de los arrendamientos formalizados, así como la identificación de aquellos cuya finalidad sea distinta del arrendamiento de vivienda habitual, regulado en el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
Se consideran arrendamientos de corta duración aquellos cuya causa sea temporal, como por ejemplo:
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Arrendamientos vacacionales o turísticos
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Arrendamientos por motivos laborales
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Arrendamientos por estudios
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Arrendamientos por tratamiento médico
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Cualquier otro uso que no suponga una necesidad permanente de vivienda para la persona arrendataria
¿Has solicitado en 2025 un Número de Registro Único de Alquiler (NRUA)?
Si durante el año 2025 solicitaste ante un Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles uno o varios Números de Registro Único de Alquiler (NRUA) asociados a un mismo CRU (finca, buque, embarcación o artefacto naval) y obtuviste su asignación, deberás cumplir con una obligación adicional.
En concreto, en febrero de 2026 deberás presentar el correspondiente depósito del modelo informativo de arrendamientos de corta duración, tal y como exige la normativa vigente.
¿Qué es el depósito de arrendamientos de corta duración?
El depósito de arrendamientos de corta duración consiste en la presentación ante el registro competente (Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles) del modelo informativo correspondiente, en el que deberá constar, para cada CRU, la siguiente información:
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Número de Registro Único de Alquiler (NRUA)
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Finalidad del arrendamiento
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Número de huéspedes
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Fechas de entrada y salida producidas durante el ejercicio
Por tanto, si sobre un mismo CRU se han asignado uno o varios NRUA durante el año 2025, existirá la obligación de:
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Cumplimentar el modelo informativo de arrendamientos de corta duración correspondiente a dicho ejercicio
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Indicar la actividad realizada para cada NRUA asignado
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Presentar el modelo dentro del plazo establecido en el registro competente
La correcta presentación del modelo implica el cumplimiento del depósito exigido por la normativa.
¿Cuándo debe presentarse el depósito?
La Orden Ministerial que regula esta obligación entró en vigor el 2 de enero de 2026 y establece una obligación anual, que debe cumplirse cada mes de febrero, con información relativa al ejercicio anterior.
Para este primer ejercicio:
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El plazo de presentación será del 1 de febrero al 2 de marzo de 2026, al ser inhábil el último día del mes de febrero.
¿Existe material de ayuda para la presentación del depósito?
Sí. Es posible acceder a manuales y vídeos explicativos publicados en la Sede Electrónica de los Registradores de España, que facilitan la cumplimentación y presentación correcta del modelo informativo.
Pincha Aquí para descargar el folleto informativo
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