La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha aclarado recientemente los plazos definitivos en los que los trabajadores autónomos deberán empezar a incorporar un código QR en las facturas que emitan, derivado de la prórroga aprobada en el reglamento sobre programas de facturación conocido como Verifactu.
Este ajuste forma parte de la actualización normativa que modifica los requisitos técnicos y funcionales de los sistemas de facturación que utilizan autónomos y pequeñas y medianas empresas. La inclusión del código QR deja de ser una obligación independiente y pasa a integrarse con el conjunto de exigencias aplicables a los software de facturación homologados.
¿Qué plazos deben tener en cuenta los autónomos?
Después de la reciente prórroga del calendario de implantación de Verifactu, los nuevos plazos quedan establecidos de la siguiente manera:
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Hasta el 1 de enero de 2027: las sociedades y empresas deberán tener sus sistemas de facturación adaptados e incorporar el código QR.
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Hasta el 1 de julio de 2027: los autónomos persona física disponen de este plazo para actualizar sus programas de facturación y comenzar a emitir facturas con el QR exigido.
Por tanto, la obligación de incluir el código QR no será efectiva hasta julio de 2027 para la mayoría de autónomos, siempre y cuando no se trate de quienes ya han adoptado voluntariamente sistemas compatibles con Verifactu, los cuales ya generan facturas con este elemento desde ahora.
¿Qué significa incluir el QR en la factura?
El código QR sirve como un identificador que permite verificar la factura ante la Agencia Tributaria y facilita la comprobación de que el documento ha sido emitido a través de un sistema de facturación que cumple con los requisitos legales de integridad y control.
Aunque esta obligación formará parte de las condiciones del reglamento de programas de facturación, no se exigirá antes de las fechas señaladas para cada tipo de contribuyente
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