A partir de enero de 2027 cambiarán las edades de acceso a la jubilación para los trabajadores autónomos, como consecuencia de la culminación del calendario progresivo previsto en la reforma de las pensiones.
La edad ordinaria de jubilación quedará establecida en:
- 65 años, para quienes acrediten al menos 38 años y 6 meses cotizados.
- 67 años, para quienes no alcancen ese periodo de cotización.
Este cambio también afecta a la jubilación anticipada voluntaria, que permite adelantar el retiro hasta un máximo de dos años respecto a la edad ordinaria que corresponda a cada trabajador.
Por ello, desde 2027 la edad mínima para acceder a esta modalidad será de:
- 63 años, para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 6 meses.
- 65 años, para quienes tengan una carrera de cotización inferior.
Además, para acceder a la jubilación anticipada voluntaria deben cumplirse otros requisitos, como acreditar con carácter general un mínimo de 35 años de cotización efectiva. La pensión también estará sujeta a coeficientes reductores, por lo que adelantar la jubilación supone una reducción permanente de su importe.
Por tanto, no todos los autónomos podrán jubilarse anticipadamente a los 63 años: la edad dependerá principalmente de los años que cada trabajador tenga cotizados.
Desde Noda Asesores recomendamos estudiar cada caso con antelación, ya que tanto la edad de acceso como la reducción de la pensión pueden variar considerablemente en función de la carrera de cotización y de los meses en que se adelante la jubilación.
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