Cuando la Inspección de Trabajo o una resolución judicial determina que un profesional dado de alta en el RETA era en realidad un falso autónomo (un trabajador por cuenta ajena no declarado), las repercusiones no se limitan al ámbito laboral o a la Seguridad Social: el impacto fiscal en el IRPF es directo e inmediato.
La Agencia Tributaria recuerda que el reconocimiento de la condición de asalariado invalida la calificación de los ingresos como rendimientos de actividades económicas, obligando a recalcular y corregir las declaraciones de la Renta de los ejercicios no prescritos.
¿Por qué la regularización puede aumentar el IRPF a pagar?
Muchos trabajadores asumen que este cambio siempre les beneficia económicamente, pero en la práctica fiscal puede traducirse en una cuota a pagar superior debido a dos factores determinantes:
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Pérdida de los gastos deducibles de la actividad:
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Como autónomo, el profesional solía deducirse suministros, desplazamientos, material, telefonía o amortizaciones.
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Al pasar a ser considerado asalariado, esos gastos quedan totalmente anulados. Solo se pueden aplicar los gastos deducibles propios de los rendimientos del trabajo (artículo 19.2 de la LIRPF): cotizaciones a la Seguridad Social, cuotas colegiales o sindicales, defensa jurídica contra el pagador (hasta 300 €) y la cuantía general de 2.000 € por otros gastos.
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Tributación de los intereses de demora:
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Tras la regularización, la Seguridad Social devuelve las cuotas del RETA indebidamente abonadas. El importe principal no computa como renta nueva (al haberse deducido en su momento, neutraliza dicho efecto).
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Sin embargo, los intereses de demora indemnizatorios que abona la Administración sí tributan, debiendo integrarse en la declaración del año en el que se reconocen y acuerda su abono.
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Procedimiento para regularizar las declaraciones presentadas
Para los ejercicios no prescritos, el contribuyente debe adaptar sus autoliquidaciones a la nueva realidad jurídica:
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Modificación de la naturaleza de los ingresos: Trasladar la facturación neta al apartado de rendimientos íntegros del trabajo.
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Ajuste de gastos: Eliminar el cuadro de gastos de la actividad económica e incorporar las deducciones y reducciones por rendimientos del trabajo que correspondan.
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Presentación de la corrección:
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Si el resultado supone ingresar más a Hacienda o recibir una devolución menor, se debe tramitar una autoliquidación complementaria/rectificativa correspondiente a cada ejercicio afectado.
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Si resultara a favor del contribuyente, se formula una solicitud de rectificación de autoliquidación.
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