Cuando una pequeña o mediana empresa (pyme) o un autónomo deciden prescindir de un empleado, es común intentar llegar a un acuerdo económico rápido para evitar futuros litigios. Sin embargo, un reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo ha puesto de relieve que obtener la firma del trabajador en un documento de renuncia no es una garantía absoluta para cerrar el conflicto.
A raíz de la Sentencia 532/2026, el Alto Tribunal advierte que firmar un acuerdo transaccional en el mismo momento en que se comunica el despido puede llevar a que un juez lo declare inválido. El motivo principal: la falta de tiempo real para que el empleado pueda analizar las condiciones y buscar asesoramiento.
El riesgo de la simultaneidad y las cláusulas contradictorias
El caso juzgado por el Supremo giraba en torno a un trabajador que firmó su despido y un acuerdo compensatorio el mismo día. En dicho pacto, aceptaba una indemnización de unos 20.000 euros, cifra considerablemente inferior a los 60.000 euros que le habrían correspondido si el cese se declaraba improcedente. Posteriormente, el trabajador decidió no ratificar el documento en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) y demandó a la compañía.
Los tribunales le dieron la razón y permitieron que reclamara. El fallo no se basó únicamente en que el empleado cambiara de opinión, sino en dos fallos graves por parte de la empresa:
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Falta de «capacidad deliberativa»: La empresa no pudo probar que el trabajador tuviera margen real para pensar sobre la oferta o consultar con un profesional.
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Redacción confusa: El documento incluía una cláusula que afirmaba que el acuerdo era definitivo desde la firma, pero al mismo tiempo, otra cláusula sugería que el empleado debía volver a dar su conformidad («estando el trabajador conforme») durante el acto de conciliación.
Luis San José Gras, abogado laboralista y profesor universitario, señala que esta coincidencia en el tiempo perjudica a la empresa, ya que imposibilita demostrar que hubo un periodo real de reflexión.
¿Cómo deben actuar las empresas para proteger sus acuerdos?
El Tribunal Supremo no prohíbe negociar una indemnización inferior a la legal (por ejemplo, a cambio de un pago rápido y seguro que evite el juicio). Tampoco invalida automáticamente todos los acuerdos firmados en el día. Lo que sí exige es que exista una verdadera transacción donde ambas partes cedan y que el empleado comprenda perfectamente qué está firmando.
Para garantizar que un acuerdo sea válido y cierre definitivamente la puerta a reclamaciones, los expertos recomiendan a las empresas seguir estas pautas:
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Dejar pasar al menos 24 horas: Aunque el Supremo no fija un plazo exacto por horas, los expertos aconsejan dejar al menos un día completo (o hasta 48 horas si el acuerdo es complejo o la cuantía elevada) entre la entrega del borrador y la firma definitiva.
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Separar la comunicación: Primero se debe entregar la carta de despido y, posteriormente o en un documento aparte, el borrador del acuerdo.
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Registrar las entregas: Es fundamental dejar constancia de cuándo se entregó la propuesta (por ejemplo, mediante un email o acuse de recibo).
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Huir de las cláusulas estándar vacías: Incluir una frase genérica diciendo que «el trabajador ha podido asesorarse» no sirve de nada si se demuestra que, en la práctica, no tuvo tiempo para hacerlo. El tribunal calificó esta práctica como una «expresión ritual» sin valor.
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Claridad en las cifras y la renuncia: El documento debe mostrar de forma transparente cuánto le correspondería por un despido improcedente, cuál es la oferta final, el desglose de los conceptos (salarios, vacaciones, indemnización) y a qué acciones concretas está renunciando el trabajador.
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Definir el papel del SMAC sin ambigüedades: Si el acuerdo es definitivo con la firma, el documento no debe condicionar su validez a una ratificación posterior. El SMAC debe quedar, en ese caso, como un mero trámite de formalización.
En conclusión, precipitar la firma para intentar zanjar un despido de forma rápida puede salirle muy caro a la empresa. Un acuerdo bien redactado, transparente y, sobre todo, reflexionado por ambas partes es la única vía segura para evitar que el conflicto termine en los juzgados.
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